El Ministerio del Interior acaba de aprobar el Real Decreto para regular el Registro de Vehículos Personales Ligeros. El pasado día 28 de enero, se dio luz verde, con aplicación inmediata, mediante su publicación en el BOE.

El Real Decreto 52/2026, como ya explicábamos, busca regular el Registro de Vehículos Personales Ligeros, para adecuarlos a las necesidades de la sociedad y que las autoridades puedan desempeñar sus labores y llevar a cabo su control.

En él se detalla que, para que puedan circular, los vehículos deberán:

    • disponer de certificado de circulación que garantice los requisitos técnicos exigidos por la normativa.
    • ser inscritos en el Registro Nacional de Vehículos, en la sección de Registro de Vehículos Personales Ligeros.
    • disponer y exhibir según el reglamento, la etiqueta identificativa prevista, y la placa de marcaje del fabricante.

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Importancia para los fabricantes

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Fabricantes

Por otro lado, se indican aspectos de gran importancia para los fabricantes:

    • Definiciones, requisitos técnicos y condiciones exigibles, para obtener la certificación, los requisitos de los laboratorios o servicios técnicos de acreditación independientes, así como la certificación general y la extraordinaria.
    • Sistemas de evaluación para garantizar el cumplimiento de estos requisitos y la supresión de la certificación en el caso de que no lo hagan.

Registro de VMP

Registro VMP

También se detalla cómo debe ser el Registro de Vehículos Personales Ligeros en el Registro Nacional de Vehículos, en cuanto a la inscripción, cambio de titularidad y baja del vehículo.

El Certificado de inscripción incluirá los datos técnicos del vehículo así como los relativos al propietario.

Etiqueta identificativa

DISTINTIVO_Patinete_marcas de corte

Para finalizar, se presenta la etiqueta identificativa que deberán llevar, y sus particularidades, cuyos puntos más importantes explicamos a continuación.

    1. Diseño, dimensiones y tipografía y composición del material determinadas.
    2. El número de identificación constará de:
      • Letra M + cuatro números + 3 letras
      • Color negro
      • Sin vocales, ni letras Ñ y Q.
    3. El número de manipulador se indicará en color negro, en vertical, en el lateral izquierdo, así como la marca del fabricante.
    4. El número de serie del vehículo se indicará en color negro, en vertical, en el lado derecho.
    5. El número de certificado del vehículo se imprimirá en color negro, en la zona inferior azul.

La etiqueta deberá ser colocada en el porta-identificador destinado a ello, para que quede bajo la luz trasera, formando un ángulo de 30º con la vertical, sin que quede el borde inferior a menos de 50 mm del suelo.

Desde SPM, tras intensas jornadas de trabajo de nuestro Departamento de I+D, os transmitimos que ya podéis adquirirlas.

Para más información, podéis contactar con nuestro Equipo Comercial.

 

Fuente: DGT, Ministerio del Interior.