Desde el 22 de Enero de 2024, la Dirección General de Tráfico pone una serie de normas para los Vehículos de Movilidad Personal comercializados en España.

Entre ellos se encuentra el patinete eléctrico, que ha cobrado gran importancia, ya que hay cerca de 5 millones en España, especialmente en el ámbito urbano donde hay un uso compartido de la vía, en la que motocicletas, bicicletas, bicicletas de pedales con pedaleo asistido, vehículos de movilidad personal y peatones cobran cada día más importancia. En este sentido, las políticas de movilidad personal y seguridad vial que desarrollan las administraciones locales cuentan con un objetivo principal: la reducción de la siniestralidad en el ámbito urbano. Por todo ello la DGT se ve obligada a exigir que los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) comercializados en España, cumplan una serie de requisitos.

A partir del 22 de enero de 2024 está prohibido vender patinetes eléctricos que no cumplan los estándares de calidad y seguridad fijados por la Resolución de 12 de enero de 2022 de la Dirección General de Tráfico, en la que se aprobaba el manual de características de los vehículos de movilidad personal.

En España, los patinetes eléctricos que deben ser matriculados son aquellos que cumplen con las siguientes características y por tanto, no cumplen con las condiciones establecidas para circular como vehículos de movilidad personal (VMP):

  1. Tienen una potencia nominal máxima superior a 1000 vatios.
  2. Tienen una velocidad máxima superior a 25 km/h.

Se consideran vehículos de motor y, por lo tanto, están sujetos a las mismas regulaciones que otros vehículos, incluyendo la necesidad de matriculación y seguro obligatorio. Esto se hace para garantizar la seguridad vial y el cumplimiento de las normativas de circulación.

Esta matrícula será similar a la de los ciclomotores, contendrá un número que identifica al vehículo, y deberá ser colocada de manera visible en el patinete.

Sin embargo, es importante verificar las regulaciones locales ya que estas pueden variar según la ciudad o comunidad autónoma.